Juzgado Tercero de Barranquilla niega tutela que pretendía frenar el proceso de escogencia de operador tecnológico del RCC para el AMB.

 

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Barranquilla denegó por improcedente la acción de tutela interpuesta por el ciudadano, David García Zapata, quien en calidad de representante legal de la empresa de Transportes Metropolitanos del Caribe S.A.S, pretendía detener el proceso de escogencia del operador tecnológico del Sistema de Recaudo, Control y Comunicaciones, RCC, que impulsa el Área Metropolitana de Barranquilla para la modernización del transporte público colectivo, TPC.

En decisión anterior este mismo juzgado había dictado como medida provisional la suspensión en el cronograma de actividades en la implementación del RCC previsto por el AMB, decisión que queda sin efecto a partir del fallo  emitido por este despacho.

Cabe resaltar que el Ministerio de Transporte, quien también era uno de los actores accionados, manifestó oponerse a la prosperidad de todas y cada una de las pretensiones, por inexistencia de violación a derecho fundamental alguno del accionante y solicitó al despacho declarar a Mintransporte, libre de todo tipo de responsabilidad o condena derivada de la acción de tutela, que el juzgado consideró improcedente por falta de legitimización en la causa.

Con la decisión del Juzgado Tercero Penal del Circuito de Barranquilla, no solo se retoman las actividades estipuladas en el cronograma que establece las condiciones para la contratación del operador tecnológico  por parte de las empresas de transporte, sino que también queda evidenciado que el Área Metropolitana de Barranquilla, en su calidad de autoridad de transporte, no vulneró ningún derecho constitucional al debido proceso, sino por el contrario, todas y cada una de sus actuaciones han sido siempre bajo los principios legales y constitucionales.